Loading...

Empresas

La Justicia anula la resolución que motivó el ERTE de JSP

3 minutos

Los empleados de JSP se concentran en Las Palmas./ Cedida.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado la nulidad de la resolución que admitía la existencia de fuerza mayor esgrimida por la empresa de productos lácteos JSP; resolución utilizada por la compañía para después solicitar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

De esta manera el Tribunal da la razón a la representación sindical, que interpuso una demanda para la impugnación de la Resolución de la Dirección General de Trabajo (DGT) de 9 de abril de 2021 que desestimaba el recurso de alzada solicitado por la representación de los trabajadores.

En dicha resolución la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias aceptaba los argumentos de la empresa, que esgrimía que los efectos de la pandemia de COVID-19 sobre su empresa le llevaban a hacer un ERTE a gran escala que afectaba a 311 trabajadores. En 2020 JSP ya se había acogido a uno, pero en aquella ocasión fue para tan sólo 24 trabajadores. Por ello el TSJC entiende que no existe proporcionalidad a la hora de plantear el nuevo ERTE, según la sentencia a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy.

Fuentes jurídicas consultadas por este diario aseguran que las especiales condiciones derivadas de la pandemia de COVID-19 han llevado a legislar en muchos casos ad hoc para adaptarse a las circunstancias y esto hace que con este tipo de sentencias “no haya jurisprudencia”, por lo que no resulta fácil prever sus efectos.

En cualquier caso, consideran que es más que probable que si la sentencia llega a ser firme -JSP aún puede interponer un recurso de casación en el Tribunal Supremo- los empleados puedan pedir una compensación por el perjuicio que el ERTE les ha supuesto tanto en su remuneración como en la cotización a la Seguridad Social. Según el representante de los trabajadores de JSP Ángel Yanes, la cifra mensual se aproximaría a los 600.000 euros.

Por otra parte, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) podría reclamar a la compañía la parte proporcional que ha estado pagando el Estado a la plantilla por acogerse al ERTE por causa de fuerza mayor.

El representante sindical Ángel Yanes afirma que es una buena noticia para los trabajadores y prueba que “las cosas no se han hecho bien”. Además, asegura que “esto es algo que el inversor que venga detrás tendrá que mirárselo bien y negociar con nosotros todo esto”.

Hay que recordar que este martes 28 de diciembre es la última sesión de la mesa de negociación entre las partes, aunque las posturas parecen estar lejos de un acuerdo, según Yanes, “porque ellos no ofrecen garantías de nada y siguen diciendo que los que se queden [en la empresa] están expuestos a que el inversor haga cambios sustanciales”.

Antecedentes

El pasado 31 de marzo de 2021, JSP solicitaba ante la DGT de la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias la autorización del ERTE que afectaba a 311 trabajadores de ocho centros.

JSP exponía que “las medidas de restricción tomadas por Canarias y el resto de Comunidades Autónomas para hacer afrente a la situación de crisis sanitaria COVID, y particularmente la limitación de libertad de circulación, la limitación del número máximo de personas en espacios públicos y privados y la reducción del turismo y del tránsito de personas” habían provocado un "grave impacto" en el negocio de JSP por la pérdida de casi todo el negocio de Horeca (hoteles, restaurantes y cafeterías), la cancelación de pedidos de las grandes superficies, la eliminación de referencias de los lineales de alimentación y la pérdida de gran parte del negocio vinculado a celebraciones familiares y reuniones colectivas muy vinculadas a pastelería.

Asimismo, JSP esgrimía, en el Informe justificativo, que el canal Horeca tiene un peso de entre el 15% y 19%, dependiendo de la isla, de su facturación.

Todo esto fue dado por válido el 9 de abril de 2021 por la DGT, ante lo cual la representación sindical presentó un recurso de alzada que fue desestimado por la Viceconsejería de Empleo.

Respuesta de los trabajadores

Es por ello que los trabajadores recurrieron al TSJC, en cuyo recurso afirman que "resulta falso que la empleadora haya visto reducido el desarrollo normalizado de la actividad a consecuencia de decisiones o medidas referentes al COVID […] no se ha producido cierre alguno, continuando en pleno funcionamiento y rendimiento la producción”, porque no se produjo durante el estado de alarma, ni en ningún otro momento, restricción alguna para la continuidad de la actividad.

Por ello creen que “si difícilmente se podía justificar el ERTE en abril de 2020, con menos razón puede resultar entendible dicha medida en abril del presente año ante la reanudación de la actividad tanto del sector Horeca”. Aseguran que incluso se había incrementado la demanda en supermercados, grandes superficies y otros sectores.

Etiquetas: