Queda tela por cortar en torno al traje a medida que se confeccionó para aupar a Pedro Alfonso como presidente de la CEOE-Tenerife.
Conocida la sentencia -ante la que cabe recurso- que anula su proclamación como candidato, en esta ocasión en vez de mirar atrás miramos hacia adelante para saber qué consecuencias puede tener, de cara a la patronal empresarial, la invalidación de su presidencia.
¿Hay inseguridad jurídica? En declaraciones para Atlántico Hoy, el vicepresidente del Cabildo de Tenerife, Lope Afonso, confía en que los acuerdos firmados, "que son con la institución, con independencia de quién la represente en cada momento coyuntural", se mantengan.
"En esencia, son buenos para el desarrollo económico de la isla. Nuestra perspectiva es que no se tenga que repercutir ningún cambio significativo" si finalmente la presidencia de Pedro Alfonso queda anulada en sentencia firme, algo para lo que restan “entre dos y tres años” aseguran las fuentes consultadas.
¿Qué sucederá?
Entre acuerdos, subvenciones y colaboraciones son muchas las acciones (también el caudal público) que relacionan a las instituciones públicas con la CEOE-Tenerife y es de rigor conocer si pueden verse afectadas por una hipotética anulación en firme de la presidencia de Alfonso.
La respuesta es que no, según comentan a este diario fuentes jurídicas. A su entender los acuerdos tomados durante ese periodo, aun invalidándose su mandato, “son perfectamente válidos”.
Llegado el caso apunta que, “si no, se pueden ratificar o convalidar”. Entra en escena aquí la figura, como señala otra fuente, de la “buena administración”, necesaria para un funcionamiento ordinario y prolongado de la organización sin perjuicio de sus asociados.
“La CEOE (o cualquier otra patronal en una situación similar) tiene que seguir funcionando. De lo contrario sí que ocurriría un perjuicio general para todas las empresas que la conforman”, argumenta este letrado, que dice que por esto “la Justicia tiende a no anular” este tipo de actos.
Convenios, patrocinios, negociaciones de la patronal u otras actividades del día a día no se anularían. Ante un posible acuerdo "novedoso o extraordinario" que afectase de forma tangible a la organización y no tuviese un precedente similar, los juristas difieren en si cabría la posibilidad de que se anulasen, considerando que debiera tratarse de “hechos de mucha relevancia” para que así sucediese.
Un ejemplo pasado
Rememora una de las fuentes que algo muy similar sucedió, allá por 2006, en las elecciones a la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife. Entonces Ignacio González, conocido por el gran público por el caso Las Teresitas, se proclamó vencedor por cuarto período consecutivo.
Sin embargo, Juan García Padrón, fundador del grupo Autoinsular y fallecido el pasado martes, impugnó los comicios y el Tribunal de Justicia de Canarias le dio la razón, anulando los votos por correo, 3.439 sufragios. González recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo y perdió. Corría el año 2012 y dos años antes había formalizado un acuerdo con Modesto Campos para seguir rigiendo los designios del ente de cara a las elecciones de 2010.
Poco después de la resolución renunció y su cargo pasó a ocuparlo José Luis García, quien formó nuevo equipo sin los vicepresidentes que renunciaron Ángeles Palmero -candidata en aquellos comicios-, el propio Modesto Campos, Luis Aguiar y Santiago Sesé, quien terminaría siendo presidente en 2016 y aun hoy lo sigue siendo. CEOE-Tenerife apoyó entonces a Campos.
“Entonces pasó lo que va a pasar aquí. Se tiraron tres o cuatro años litigando y cuando llegó -la sentencia en firme- ya había habido nuevas elecciones”. No hubo entonces nada que enmendar, recuerda este entrevistado, si bien en aquel caso González seguía dirigiendo la Cámara.
Por ello, continúe Pedro Alfonso o no al frente de CEOE después de las próximas elecciones, la concepción general de los abogados preguntados es que no cambiará nada de lo acordado durante sus cuatro años de mandato. “Aunque reputacionalmente está claro que afectará”, finaliza uno de ellos.