El Ayuntamiento exonerará del pago del alquiler a las viviendas sociales

Esta medida tendrá vigencia durante el período del estado de larma y sus posibles prórrogas que se aplicará de manera automática y sin necesidad de previa presentación de solicitud

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El Ayuntamiento de Santa Cruz ha puesto ha puesto en marcha una moratoria y una exoneración del pago del alquileres de las 1.100 viviendas en régimen de alquiler que integran el parque municipal

Esta medida tendrá vigencia durante el período del estado de larma y sus posibles prórrogas que se aplicará, como explicó la concejala de Atención Social y responsable de la Sociedad de Viviendas Municipales, Marta Arocha, “de manera automática y sin necesidad de previa presentación de solicitud por parte de las personas afectadas”.

El aplazamiento de pago se podrá extender por un año o “un tiempo mayor, en atención de la situación económica de las personas”, matizó la edil, quien insistió en que el único requisito para ser beneficiario de la moratoria es “disponer del contrato de arrendamiento en vigor”.

El Ayuntamiento, según informa una nota municipal, también exonera de manera extraordinaria y temporal del pago de la renta a quienes pasen a estar en situación de desempleo, hayan sido afectados por un Expediente Temporal de Empleo (ERTE) o por una reducción de jornada por motivos de cuidados o circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.



El aplazamiento de pago se podrá extender por un año o “un tiempo mayor, en atención de la situación económica de las personas”, matizó la edil, quien insistió en que el único requisito para ser beneficiario de la moratoria es “disponer del contrato de arrendamiento en vigor”



Asimismo, se tendrá en cuenta para esta condonación el conjunto de los ingresos de la unidad familiar, ponderando, en su caso, la existencia de hijos a cargo, mayores de 65 años, discapacidad superior al 33% y situación de dependencia o enfermedad que incapacite permanentemente la actividad laboral.

Además siempre que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos de la vivienda (electricidad, gas, agua corriente, servicios de telecomunicación fija y móvil o posibles contribuciones a la comunidad de propietarios), resulte superior o igual al 35 % de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

La solicitud para acogerse a esta exoneración extraordinaria se realizará de forma telemática y la información se recoge en www.santacruzdetenerife.com.

La medida abarcará la mensualidad de la renta correspondiente al mes de abril y a las mensualidades siguientes prorrogables una a una, hasta la finalización de la vigencia del estado de alarma decretado por el Gobierno, incluyendo, en su caso, los gastos comunes que sean objeto de repercusión.