El Ministerio de Transición Ecológica ha dado luz verde para demoler el Hotel y Apartamentos Oliva Beach ubicado en las dunas de Corralejo, en la isla de Fuerteventura. Se podrá interponer recursos de reposición y contencioso administrativo.
La resolución, que se hacía pública este miércoles, declara la caducidad de su concesión para la ocupación y aprovechamiento de dominio público marítimo-terrestre, y el Ministerio insta a la empresa Geafond Número Uno Lanzarote S.A. "al levantamiento y retirada del dominio público marítimo-terrestre de ambos complejos". La concesión fue dada el 8 de julio de 2003 y amplió por orden ministerial el 12 de abril de 2007 con una prorroga el 30 de septiembre de 2016.
El propio Ministerio ha emitido este jueves una nota donde comunica dicha caducidad de la concesión "tras detectarse incumplimientos reiterados de la licencia". En este sentido insisten en que en este caso "como en todas las concesiones del régimen transitorio" no se permiten obras que no sean de reparación, conservación o mantenimiento, pero que la Demarcación de Costas "detectó que se habían llevado a cabo nuevas edificaciones en el complejo que suponían un incremento de volumen y superficie del 22%".
MITECO señala incumplimientos
Desde el Ministerio detallan que se produjeron también otros incumplimientos de título concesional y aseguran que la empresa "estaba obligada a habilitar el acceso público y gratuito de la superficie de 18.122 metros cuadrados perteneciente al dominio público marítimo-terrestre, señalizándolo debidamente" y que esto, como recoge el dictamen del Consejo de Estado, "no llegó a producirse, sino que incluso se llegó a vallar la zona: “Se dejó constancia [en 2019] de que todo el perímetro estaba vallado”, que únicamente en el acceso norte del complejo había un cartel informativo exigido por el pliego de prescripciones, y que, en 2020, no consta revertida esta situación", subrayan.
A su vez afirman que "como recoge el órgano consultivo, el concesionario suplantó derechos de 20 propietarios, atribuyéndose títulos que no eran suyos" y que, basándose en la legislación de Costas, "una vez caducada la concesión, la Administración debe especificar en su resolución el destino de las instalaciones" y que en este caso, al tratarse de usos no legalizables, corresponde la demolición.
Competencia del Estado
El Ministerio concluye el comunicado apuntando que "tal y como recoge el dictamen favorable emitido por el Consejo de Estado con fecha 15 de febrero" la competencia para resolver sobre concesiones de régimen transitorio "es del Estado" y no se ha "traspasado a ninguna de las comunidades autónomas que han asumido funciones relacionadas con los títulos de ocupación del dominio público marítimo terrestre".