El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles una serie de medidas para combatir la inflación. Una de las novedades es un cheque mensual de 200 euros para las personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, enmarcado en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
La medida provoca algunas preguntas que pueden surgir a la población. Algunas de ellas podrían ser quién puede pedir esta prestación, cómo se realiza el trámite o cuál es el plazo para hacerlo.
Quiénes pueden solicitarlo
La ayuda, que tiene el objetivo de paliar el efecto que ha tenido la guerra de Ucrania en los precios, beneficiará a aquellas personas que en 2022 hayan percibido ingresos inferiores a 27.000 euros anuales y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000 euros en fecha del próximo 31 de diciembre.
Esto será así siempre que los solicitantes, a parte de cumplir os requisitos de renta y patrimonio, hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena; o que hayan cobrado el paro durante el ejercicio de 2022. Además, deben haber estado dados de alta en la Seguridad Social o en una mutua. Otro de los requisitos indispensables es tener la residencia habitual en España.
Quiénes quedan excluidos
Dos sectores de la población destacan por haberse quedado excluidos para recibir esta ayuda: quienes cobran el ingreso mínimo vital (IMV) y los pensionistas. Tampoco tendrán derecho a la prestación quienes reciban otras idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social y estén dados de alta en una mutualidad.
Tampoco podrán recibir los 200 euros quienes en 2022 fueran administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiera cesado su actividad a 31 de diciembre de 2022. Así como si fueran titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.
Cómo y cuándo hacerlo
Las personas que deseen presentar la solicitud tendrán que hacerlo en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria rellenando el formulario que se facilite en la misma. La fecha será entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023. En el trámite debe figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud.
Si la solicitud fuera denegada, el solicitante tendrá un plazo de diez días para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes. Transcurrido un mes sin la presentación de alegaciones, documentos o justificantes, se producirá la finalización del procedimiento en los términos de la propuesta denegatoria.