Kit Digital: cómo solicitar la ayuda, plazos y novedades

Las empresas de menos de 3 trabajadores podrán pedir su bono digital de 3.000 euros a partir del 14 de junio

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Imagen de empresas optando al kit de digitalización. / Unsplash
Imagen de empresas optando al kit de digitalización. / Unsplash

Red.es -entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial- publica una resolución de modificación parcial de la convocatoria del programa Kit Digital de las ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III) que incluye novedades respecto a la convocatoria en 2022. La cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros ahora. 

El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a través de la sede electrónica de Red.es a partir del 14 de junio hasta el 31 de octubre de 2025. En esta resolución parcial se incrementa el presupuesto en 500 millones de euros que suman con el presupuesto inicial un total de 1.000 millones de euros con la finalidad de mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de empresas de este segmento. 

Para solicitar la ayuda

Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es  y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).

Además de las nuevas solicitantes, también se pueden presentar compañías que hayan sido beneficiarias de las ayudas para solicitar 1.000 euros adicionales. Para ambas categorías, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Nueva categoría de solución

 Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad, presencia avanzada en internet, Marketplace y la nueva solución «Puesto de trabajo seguro»

Esta nueva categoría incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo. Con ella se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro. 

La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.

Más de 10.800 agentes digitalizadores

Actualmente, el catálogo de agentes digitalizadores está compuesto por más de 10.800 agentes digitalizadores adheridos. El plazo de adhesión continuará abierto durante toda la duración del Programa, por lo que el catálogo se irá ampliando según se vayan resolviendo las solicitudes.

Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas. Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación.

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