Economía amplía el plazo para justificar las ‘ayudas COVID’ para autónomos y empresas

Esta línea de ayudas distribuyó 1.144 millones de euros entre las empresas y trabajadores y trabajadoras autónomos

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Comercio cerrado por la crisis generada por la COVID (morosidad)./
Comercio cerrado por la crisis generada por la COVID (morosidad)./

El Boletín Oficial de Canarias ha publicado este viernes la resolución conjunta por la que se amplía hasta el próximo día 31 de marzo el plazo de justificación de las ayudas correspondientes de la "Línea COVID de ayudas directas a personas autónomas y empresas".

Esta línea de ayudas distribuyó 1.144 millones de euros entre las empresas y trabajadores y trabajadoras autónomos, que vieron sus ingresos mermados más de un 30%, por causa de la actual pandemia. Recibieron un pago único, variable en función de las pérdidas declaradas y de las deudas adquiridas para mantener la actividad, entre marzo de 2020 y mayo de 2021, con la condición de que justificasen el pago de dichas deudas en el plazo indicado en la convocatoria y que concluía inicialmente el día 28 de febrero.

La ampliación de plazo engloba a todas las personas autónomas y empresas con obligación de justificar la subvención y para aplicarla el Gobierno ha considerado que en el primer trimestre del año suelen acumularse muchos trámites de la gestión empresarial.

El director general de Promoción Económica, Laureano Pérez, explicó que el Gobierno de Canarias “tenía el objetivo claro de que las más de 20.300 empresas que recibieron la ayuda pudieran aplicar la subvención, para que la recuperación del tejido empresarial de las Islas, en la que estamos completamente implicados, pudiera ser una realidad cuanto antes”. 

Diferentes líneas

Dentro de las ayudas concedidas, se establecieron diferentes categorías, tanto por el tipo de empresa, como por el número de personas empleadas y, en función de esas categorías, deben justificar la subvención de diferentes modos. Así, la línea 1, tramitada desde el Servicio Canario de Empleo, se dirigió a personas autónomas -empresarias o profesionales- que tributaran en régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por el tipo de empresa, las beneficiarias de esta línea solo debían presentar una declaración responsable conteniendo una memoria justificativa supersimplificada.

La línea 2, que abarca a todo tipo de empresas, incluidas las de personas autónomas, se dividió en tres clases, según tuviesen menos de 10 empleados y empleadas, menos de 50 o más de esa cifra. No obstante, la tramitación de la justificación se establece para todas ellas en función de la ayuda recibida. Las empresas que recibieron entre 4.000 y 100.000 euros deben presentar una cuenta justificativa simplificada y las que recibieron más de esa segunda cantidad, unas 1.700 en toda Canarias, deben acompañar dicha memoria, además, de un informe de auditoría.

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