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Economía

Aprobado el reglamento para utilizar el embarcadero de Masca: estas son las normas para su uso

En la zona del embarcadero estará prohibido acampar, encender fuego, hacer submarinismo sin autorización o volar drones

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Embarcadero de Masca. / CABILDO DE TENERIFE

El pleno del Ayuntamiento de Buenavista del Norte aprobó el pasado 25 de julio de forma definitiva el Reglamento de uso y explotación del embarcadero de la playa de Masca. La concesión fue otorgada al consistorio del municipio tinerfeño en julio de 2020 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El ámbito de aplicación del reglamento va desde el acceso al embarcadero por tierra desde la desembocadura del Barranco de Masca, a la pasarela de conexión y hasta la escalera de acceso por mar y la plataforma.

La inspección de su uso se realizará por parte del consistorio, que pondrá personal de vigilancia y apoyo en el embarcadero. Entre sus normas más destacadas, solo podrá haber 45 personas esperando para ser embarcadas con destino Punta de Teno o Los Gigantes.

Usos 

Se permite el acceso a las embarcaciones matriculadas para el embarque y desembarque de senderistas y visitantes del camino del Barranco de Masca, así como para aquellas operaciones necesarias para el acceso de los trabajadores como pueden ser agentes de medio ambiente u operarios. El embarcadero también podrá ser usado por los titulares de las viviendas y fincas agrícolas localizadas en ambos márgenes de la parte más baja del Barranco de Masca, pero exclusivamente para llegar a ellas. 

Las embarcaciones de salvamento marítimo podrán utilizarlo solo en situaciones de emergencia, así como para el aterrizaje eventual de helicópteros de rescate en la plataforma existente, por lo que no se podrán hacer aterrizajes para el turismo u otra actividad que no sea urgente. En el caso de un atraque de emergencia por parte de embarcaciones deportivas o de recreo no estará eximida del reglamento ni de pagar las tarifas establecidas para poder operar. Tampoco se podrá usar el embarcadero para fondeo salvo autorización, ni colocar tumbonas o enseres de playa.

No obstante, si podrá ser utilizado por excursionistas que realicen actividades de ocio en la naturaleza en las que se utilicen embarcaciones tipo kayac o piraguas, pero siempre que estén vinculadas a la gestión de la visita al camino del barranco de Masca. De proponerse en el futuro posibles usos complementarios, se requerirá necesariamente una nueva concesión o modificación de la existente. 

Actividades prohibidas

En la zona del embarcadero no se podrá acampar, encender fuego, la estancia o reunión sobre la plataforma para eventos no autorizados por el consistorio, lanzarse al agua desde la plataforma, pescar, tirar basura, realizar submarinismo sin autorización o sobrevolar con drones o cualquier aeronave que no sea de seguridad y emergencias, a una altitud inferior a 300 metros, salvo por motivos de gestión y conservación, entre otras.

Horario

El horario será de 08:30 a 18:00 horas los siete días de la semana, donde las empresas turísticas que operan con embarcaciones ordenarán sus turnos de recogida y entrega de los visitantes de manera coordinada con los turnos definidos en la regulación de accesos al camino del Barranco de Masca, tanto en sentido de bajada como de subida hacia el caserío.

En particular se ordenarán las recogidas cada 30 minutos de manera que se alterne en cada turno las visitas de particulares y de empresas. Los horarios no se aplicarán al personal del Parque o los servicios de emergencias, ni a los titulares de las viviendas y fincas. 

Para acceder al embarque y desembarque se pondrá un precio por visitante, cuyo importe vendrá determinado por los costes del personal del servicio de vigilancia y socorrismo, así como de mantenimiento y reparaciones necesarias, además de la tasa por canon de la concesión del Dominio Público Marítimo Terrestre, a abonar por el Ayuntamiento de Buenavista del Norte al Ministerio. El importe se calculará y aprobará que la entidad que lo gestione. 

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