Los sindicatos UGT y CCOO y la Federación Provincial de Entidades de la Construcción de Santa Cruz de Tenerife (Fepeco) han firmado una subida salarial del 3% para 2024 para las empresas del sector, ha informado este viernes la patronal.
También se ha aprobado el calendario laboral para 2024, de forma que en la provincia de Santa Cruz de Tenerife no serán laborales el 5 de enero, el 12 de febrero, el 31 de mayo, el 16 de agosto y el 11 de octubre, así como el 24 y el 31 de diciembre.
Días no laborales
Tampoco serán laborales otros cinco días, que se podrán solicitar para acumular al período de vacaciones anuales o para asuntos propios, pudiéndose solicitar, al menos 8 horas, distribuidas en diversos días.
A las personas trabajadoras que no presten servicios efectivos durante todo el año le serán compensados los días u horas pendientes de disfrutar, de manera proporcional al periodo trabajado mediante su abono en sus respectivas liquidaciones al finalizar su contrato de trabajo.
Todos los días u horas no laborables indicados serán compensados a razón de salario base, plus de asistencia y plus de transporte de las tablas salariales del convenio y/o a razón de los pactos salariales individuales superiores al convenio.
Compensación
En las islas y municipios que fijen sus fiestas insular o locales coincidiendo en sábado, domingo o en algunos de los días señalados, y a fin de compensar el exceso de horas que esto conlleva, se producirá el traslado del descanso al día hábil siguiente considerándose, por tanto, dichos días inhábiles y retribuidos a razón de salario base o al valor de los pactos salariales individuales superiores al convenio.
De común acuerdo, la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras podrán fijar una distribución distinta de los días establecidos.
Opción de pactar días
Las empresas del comercio de la construcción, por la competitividad existente en el mercado y ante las dificultades que las mismas puedan tener por las circunstancias de su actividad, acordarán con los representantes legales de las personas trabajadoras una distribución distinta de los días pactados, fijando el acuerdo en su calendario laboral, respetando en todo momento la jornada semanal de 40 horas distribuidas de lunes a sábados y el computo máximo anual de 1736 horas.
Los acuerdos tomados entrarán en vigor desde este viernes, con independencia de la fecha en la que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.