Incrementar la inversión privada en proyectos deportivos sin ánimo de lucro. Así de claro es el objetivo que se marca el Gobierno de Canarias con la ley de mecenazgo en la que ha empezado a trabajar. No será un camino fácil ni breve, pues el departamento competente, la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, ha comenzado de cero el proceso.
“No existe nada anterior al respecto”, explica Ángel Sabroso, viceconsejero de Actividad Física y Deportes. La Ley Canaria del Deporte, aprobada por unanimidad en enero de 2019, mandata el desarrollo de una ley de mecenazgo para proyectos deportivos, buscando rebajar la dependencia de los clubes y asociaciones del sector con respecto a las administraciones públicas, “que ahora roza el 100% en la mayoría de los casos”.
“Se trata de animar, poner muchas más facilidades para que el sector privado vea interesante el apoyo, no solamente por una responsabilidad social, sino porque existen una serie de incentivos para poder esponsorizar y hacer de mecenas de proyectos deportivos sin ánimo de lucro. Esa es la filosofía”, resume Sabroso.
Fase incipiente
El objetivo de Deportes es presentar a finales de 2025 o principios de 2026 una propuesta de ley al Parlamento de Canarias, y el primer paso dado en esa línea ha sido el encargo a una empresa de realizar un diagnóstico del marco europeo de normativas fiscales, normativas de apoyo e incentivos que existen para el sector privado a la hora de patrocinar, así como un estudio comparativo de las leyes autonómicas que existen en España para propiciar el mecenazgo deportivo. Ese trabajo será llevado a cabo por un equipo profesional especializado en derecho administrativo, derecho deportivo y en política fiscal tributaria.
Esa tarea debe incluir también una posible hoja de ruta de elaboración de una Ley de Mecenazgo en coordinación con el sector privado, cámaras de comercio, confederaciones de empresarios, técnicos de la hacienda tributaria y el sector deportivo, “en la búsqueda de un gran acuerdo para presentar un texto al Parlamento que esté lo más consensuado posible”, aclara el exárbitro internacional de balonmano.
La referencia, la ley estatal
Así, y con todo el proceso previo en camino hasta llegar al primer borrador del texto normativo, la gran referencia ahora para intentar adivinar por donde transcurrirá su contenido es la regulación estatal, la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que no solo se ocupa de las organizaciones deportivas sino también fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y ONG de desarrollo.
La ley establece beneficios fiscales tanto para las entidades como para las personas físicas y jurídicas que realizan donaciones, y sus principales requisitos son no tener finalidad lucrativa y destinar al menos el 70% de sus ingresos a sus fines estatutarios. Para las organizaciones sin fines lucrativos, existen importantes herramientas como las exenciones en el Impuesto sobre Sociedades o en tributos locales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Deducciones importantes
Para incentivar a los mecenas, el texto recoge una deducción, en el IRPF para las personas físicas, del 80% en los primeros 150 euros donados y del 35% sobre el resto de la donación (40% si la donación se mantiene por tres años consecutivos a la misma entidad). Para las personas jurídicas (Impuesto sobre Sociedades), la deducción es del 35% de la cantidad donada (hasta el 40% en caso de donaciones plurianuales), con un límite del 10% de la base imponible.
Las aportaciones que gozan de incentivos son las donaciones económicas, las donaciones en especie (bienes o derechos), los convenios de colaboración empresarial y los patrocinios publicitarios relacionados con actividades de interés general.
Esa ley de mecenazgo estatal ha estado más orientada a la cultura y la educación, y ámbitos como el tercer sector se han visto claramente impulsados, quedando el deporte algo más relegado, entre otros factores por la falta de profesionalización en el deporte aficionado, dando lugar a que muchas organizaciones deportivas, especialmente las pequeñas, no hayan podido beneficiarse de las ventajas fiscales al carecer de los recursos administrativos necesarios para afrontar los procesos burocráticos. Esta es una de las cuestiones, la simplificación administrativa, que el Gobierno de Canarias deberá afrontar para que los clubes de base, que previsiblemente serán mayoría, puedan ser destinatarios reales y efectivos de la nueva regulación.
Cultura e I+D+I, en el horizonte
¿Será entonces la ley de mecenazgo de Canarias solo para el deporte o, como la estatal, incluirá diferentes sectores? Ángel Sabroso centra su respuesta en lo que depende de su área: “Nosotros, el trabajo que vamos a hacer se orienta al deporte, que es lo que nos corresponde, que es lo que está incluido en nuestro presupuesto y que es lo que ha marcado el consejero —Poli Suárez— porque lo dice la ley. Y también porque es nuestro compromiso con el sector deportivo. Acabamos de aprobar rebajas fiscales para la industria del deporte y nos centramos ahora en los clubes. Si luego, en los distintos estamentos donde tenga que ir el texto que elaboremos se añaden otros sectores, pues ya lo veremos”.
Ese trabajo comparativo con otras legislaciones como la europea o las autonómicas arrojará también luz sobre otras herramientas que, más allá de la fiscalidad, estimulen a las empresas a donar, como por ejemplo el reconocimiento por parte de la administración pública en sus licitaciones, otorgando puntos en los baremos que en ellas se incluyan. “Existen instrumentos diversos”, señala Sabroso, que concluye centrando el tiro y subrayando la gran meta de todo este largo proceso: “La ley es para hacer más viables, sostenibles y robustos los proyectos deportivos de Canarias sin ánimo de lucro”.