En febrero de este año, el Gobierno de Canarias tramitó finalmente la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) al silbo gomero. Esta decisión y los argumentos que se usan para justificar su importancia han imposibilitado en contraparte la misma protección al silbo herreño. Para la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural dotar de BIC al silbo herreño no está lo suficientemente justificado y considera que podría perjudicar al silbo gomero.
Estas son las razones nucleares por las que el Gobierno de Canarias ha desistido de declarar como Bien de Interés Cultural el silbo herreño. Sin bien la justificación y quien inicia el expediente ya generan dudas en Patrimonio, es principalmente la existencia de otro lenguaje silbado, con mayor arraigo y más expandido, lo que ha paralizado el expediente.
"Inseguridad jurídica"
Para Patrimonio el hecho de declarar BIC al silbo herreño en la misma categoría que el gomero, Tradición y Expresión Oral, podría generar “inseguridad jurídica” porque consideran que podría contravenir con la Constitución Española y su artículo 9.3, que exige que las disposiciones legales y administrativas no generen incertidumbre en los ciudadanos.
Asimismo, ya el decreto que declara BIC al silbo gomero asegura que este es de ámbito autonómico puesto que asegura que se habla en otras islas. Esto es fundamental ya que Patrimonio considera que puede darse la situación de que pueda existir practicantes de Silbo Gomero en El Hierro, “lo que generaría una situación de regímenes de protección superpuestos, afectando la coherencia de las políticas públicas de protección del patrimonio inmaterial”.
Consideran desde Patrimonio que es “evidente” que la tramitación de los dos expedientes “no parece responder a una evaluación detallada de la situación del lenguaje silbado articulado en Canarias, ni mucho menos a un análisis riguroso sobre el impacto que dicho procedimiento podría generar en los términos planteados”. La resolución va más allá y califica de “contradictorias” y “sin la mínima razonabilidad que se le exige a los actos públicos”.
Lista de la Unesco
Pero la resolución de Patrimonio va más allá y considera que declarar BIC el silbo herreño podría afectar a la Declaración del Silbo Gomero como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco. Tal y como señalan, la inscripción del lenguaje silbado en La Gomera en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad surge por ser un “testimonio único” y uno de los pocos lenguajes silbados que sobreviven.
“Si bien es cierto que la eliminación de elementos inscritos en esta lista es poco habitual, una gestión inadecuada del patrimonio cultural podría comprometer este reconocimiento”, apuntan desde Patrimonio. Lo hacen ya que la inscripción en esta lista es por ser “el único lenguaje silbado de Canarias”.
Contradiciones
A las dudas respecto a la coexistencia con el silbo gomero Patrimonio también justifica que la propia Asociación Cultural para la Investigación y Conservación del Silbo Herreño “ha expresado su desacuerdo con la descripción justificativa del bien”, ante lo que sería “carente de lógica” seguir adelante con la tramitación.
Asimismo, señalan que hay contradicciones en la descripción del bien y un posible uso inadecuado del procedimiento por parte de la anterior dirección de Patrimonio. “La extinta Dirección General de Patrimonio Cultural pudiera haber actuado con cierta arbitrariedad al intentar subrogarse competencias que corresponden a los Cabildos insulares”, apuntan