Consecuencias de la sentencia del TJUE sobre los acuerdos bancarios

Carlos Zurita, abogado especialista en derecho bancario, analiza la sentencia que resuelve la controversia de los acuerdos de renuncia de acciones en supuestos con cláusulas suelo

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Hace apenas unas horas el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia muy esperada, y que resuelve la controversia de los acuerdos de renuncia de acciones en supuestos con cláusulas suelo.

Era una práctica habitual para algunas entidades antes de que se conociera la sentencia de 2016 del TJUE que corregía al Tribunal Supremo e imponía la obligación de devolver todo lo abonado de más por una cláusula suelo, llegar a determinados acuerdos con sus clientes. 

Sin embargo, estos acuerdos solían implicar una nueva trampa para los consumidores. El banco acordaba devolver únicamente hasta mayo de 2013 y a cambio, imponía una cláusula en la que el consumidor renunciaba a tomar acciones judiciales futuras.  


“El problema de estos acuerdos es que muchos consumidores no sabían de la pendencia de un procedimiento ante Europa y tenían necesidad de obtener ese dinero, con lo que preferían aceptar una oferta que parecía buena para ellos sin llegar a saber a qué estaban renunciando. Este es el principal problema de no contar con asesoramiento especializado, porque firmas a ciegas”


“El problema de estos acuerdos es que muchos consumidores no sabían de la pendencia de un procedimiento ante Europa y tenían necesidad de obtener ese dinero, con lo que preferían aceptar una oferta que parecía buena para ellos sin llegar a saber a qué estaban renunciando. Este es el principal problema de no contar con asesoramiento especializado, porque firmas a ciegas” manifiesta Carlos Zurita, abogado especialista en derecho bancario del despacho “Pérez & Negrín Abogados”. 

Nuevamente ha sido Europa la que ha arrojado algo de luz y esperanza para estos consumidores, que podrán hacer valer sus derechos, pero con limitaciones. “Esta abusividad en los acuerdos no opera de manera automática. El TJUE establece que los mismos no serán abusivos siempre y cuando exista consentimiento libre e informado por parte del consumidor” advierte el letrado. 

Esto último le da un respiro a la banca continuando con su batalla judicial con los consumidores, batalla que se antoja larga como consecuencia del colapso de los juzgados especializados a lo largo de nuestro país.  

Desde el despacho “Pérez & Negrín” se ponen a disposición de cualquier afectado en el teléfono 922 283 489 para estudiar cada caso de manera individual y ver tanto la viabilidad, como las opciones que mejor se adecúen a tus circunstancias.