El Supremo 'tumba' la regasificadora en Granadilla

El TS ratifica la sentencia que anula la autorización a construir la planta en el sur de Tenerife por falta de estudios medioambientales

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El Tribunal Supremo ha anulado la autorización concedida en 2012 por el Ministerio de Industria a Gascan para construir una planta regasificadora en Granadilla de Abona, en Tenerife, por no considerar suficientemente completo su proceso de evaluación de impacto ambiental. 

El Supremo confirma así una sentencia dictada en igual sentido hace dos años por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ha estimado un recurso de la Plataforma Ciudadana contra el Puerto de Granadilla.

En una argumentación que ahora avala el Alto Tribunal, el TSJM ha decidido que no bastaba con examinar de manera independiente el posible impacto de esa instalación de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, sino que debió haberse estudiado si tenía algún efecto "acumulativo" con otras industrias potencialmente peligrosas existentes en esa misma zona, como la central térmica de generación eléctrica, situada a 400 metros.

La sentencia que ahora se declara firme considera que el no haber realizado ese estudio de impacto con un enfoque más amplio, que tenga en cuenta el contexto que rodea al lugar donde se levantaría la planta, "desnaturaliza el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que debe ser adecuado para preservar de forma integral los intereses ecológicos concurrentes en ese lugar". 

El TSJM recordaba además que la necesidad de hacer "un análisis de riesgos ambientales o sinérgicos" que sumara los efectos de la regasificadora a los de la central eléctrica ya existente en Granadilla era también algo que había demandado en su momento (2005) la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.

El Supremo ratifica la sentencia del tribunal madrileño porque la considera "perfectamente argumentada y razonable" y porque comparte su criterio de que era preciso que "la propia Declaración de Impacto Ambiental" de la planta de Granadilla "contemplase de manera específica la problemática de los efectos acumulativos". 

En un comunicado, la Plataforma Ciudadana que ha recurrido los permisos de la regasificadora sostiene que este fallo representa una "victoria clara que hace más evidente aún si cabe, el disparate que supone la inversión multimillonaria avalada con recursos públicos de la canalización de gas propanado en las islas, que pretende la empresa Redexis, filial española de la multinacional Goldman Sachs".


El proyecto de construcción de la planta regasificadora de Granadilla corresponde en estos momentos a Enagás, que tenía previsto invertir en esa infraestructura 300 millones de euros.

La planta ya se enfrentó en octubre del año pasado a otro revés previo a esta sentencia del Tribunal Supremo, en forma de un dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que no considera conveniente autorizar su construcción hasta que no haya garantías de que se le va a dar uso y estudios que comprueben su sostenibilidad económica.