Las juntas vecinales deberán realizarse por videoconferencia

Durante los días de aislamiento las cuestiones que afecten a las comunidades de vecinos se solucionarán vía videoconferencia y no a través de otro sistema tecnológico

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Durante los días de aislamiento las cuestiones que afecten a las comunidades de vecinos se solucionarán vía videoconferencia y no a través de otro sistema tecnológico, ya que las juntas que no puedan realizarse de manera presencial tendrán que llevarse a cabo a través de una conferencia telemática. 

La remisión de unos documentos a los comuneros y estar a la espera de su devolución no puede entenderse como celebración de una junta. La junta puede ser o de presencia física o bien por videoconferencia pero no puede hacerse vía documental y por envío de las cuestiones a tratar y la respuestas que hagan los comuneros por escrito. No está admitido en la ley propia horizontal y en consecuencia o bien se suspende la junta antes del transcurso de los seis días antes de la fecha a celebrar, o bien se hace por videoconferencia. Tampoco se permite que la junta directiva pueda adoptar acuerdos.

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