La prórroga del estado de alarma no tiene por qué ser de 15 días

El exlíder de Cs, Albert Rivera, había argumentado que "el Gobierno acude cada 15 días al Congreso porque le obliga el artículo 116.2 de la Constitución para poder prorrogar"

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El Gobierno no tenía obligación de renovar el estado de alarma cada 15 días porque la ley no exige un máximo de duración a las prórrogas, frente a cómo interpretaron muchos un tuit del exlíder de Ciudadanos, Albert Rivera, y lo que ha afirmado el portavoz de este partido en el Parlamento valenciano, Toni Cantó.

En su comparecencia informativa del pasado sábado 2, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, afirmó que el hecho de que el Ejecutivo "rinda cuentas cada 15 días" en el Congreso "en función de la prórroga del estado de alarma" transmite una "voluntad de forjar consensos" con "todas las fuerzas políticas".

"Habría personas que pueden pensar: 'Si son seis semanas, ocho semanas, lo que va a durar la transición hacia esa nueva normalidad (...), ¿por qué no plantea un estado de alarma de seis semanas?'", argumentaba Sánchez antes de insistir: "Vamos cada 15 días por una decisión política (...) de articular ese dialogo parlamentario con todas las fuerzas".

Ese mismo día, Rivera contestaba en Twitter con el siguiente mensaje: "Es falso. El Gobierno acude cada 15 días al Congreso porque le obliga el artículo 116.2 de la Constitución para poder prorrogar el estado de alarma, no por voluntad política". "No se puede intentar engañar así a los ciudadanos", añadía el exlíder de Cs, en un mensaje que acompañaba con el vídeo del momento de la comparecencia de Sánchez en que el presidente del Gobierno pronunciaba esas palabras.

También el portavoz de Cs en el Parlamento valenciano, Toni Cantó, publicó unos minutos después en su cuenta de Twitter sobre esas mismas palabras de Sánchez y con el mismo vídeo: "Miente. El estado de alarma lo pide cada 15 días porque le obliga la ley".





Estado de alarma

Cuando se declara por primera vez, el plazo máximo del estado de alarma es de 15 días, pero ese límite no existe para las prórrogas. De hecho, el Congreso autorizó una prórroga de un mes para el estado de alarma que decretó el Gobierno de Rodríguez Zapatero en diciembre de 2010 ante el conflicto con los controladores aéreos.

La Constitución Española regula el estado de alarma, junto a los de excepción y sitio, en el artículo 116, donde se indica que será declarado por el Gobierno "por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados".

Ese plazo no podrá ser prorrogado sin la autorización del Congreso de los Diputados, "que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga". Así lo establece el artículo sexto de la ley orgánica de 1981 que desarrolla la regulación de los estados de alarma, excepción y sitio. Es decir, el Gobierno propone prorrogar el estado de alarma por un plazo determinado, el que sea, y el Congreso tiene que autorizarlo o denegarlo.

El 16 de diciembre de aquel año 2010, cuando estaban a punto de expirar los quince días del plazo inicial, el Gobierno sometió a la autorización del Congreso una prórroga de un mes para el estado de alarma, hasta el 15 de enero, con el argumento de que era necesaria para consolidar la normalidad en el tráfico aéreo. El pleno de la Cámara Baja otorgó su visto bueno con el voto a favor de PSOE, CiU, PNV y CC y la abstención del PP.





"No he dicho que la prórroga solo pueda ser de 15 días"

Ante las críticas que empezó a recibir el tuit de Rivera, el exlíder de Cs publicó aquella misma tarde un segundo mensaje en el que precisaba que "el Gobierno no acude al Congreso cada 15 días por generosidad ni ‘voluntad’, como intenta vender, sino porque le venció el plazo establecido en el decreto de alarma y necesita autorizaciones sucesivas de la Cámara por mayoría, como dice la Constitución".

Insistió en esa idea en un tercer tuit y, como la polémica continuaba, el domingo publicó en Twitter el siguiente mensaje: "No he dicho que la prórroga solo pueda ser de 15 días, pero es el plazo que recogen los decretos de prórroga. Es el 116.2 de la Constitución que le obliga a conseguir la aprobación del Congreso de esos decretos, no es solo una rendición de cuentas ni un acto voluntario".

El Ejecutivo ha obtenido hasta ahora autorización del Congreso a tres prórrogas de 15 días para el actual estado de alarma, decretado por primera vez el pasado 14 de marzo para hacer frente a la crisis sanitaria que provocó la propagación de la COVID-19 en España.