"La justicia nos está dando la razón"

Alquiler vacacional. Declaraciones en EXCLUSIVA del presidente de FEVITUR, Pablo Zubicaray y la presidenta de ASCAV, Doris Borrego.

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado cuatro preceptos del decreto del Gobierno canario que regula la vivienda de alquiler vacacional, entre ellos el que prohíbe ofrecer servicios alojativos con fines turísticos en viviendas situadas en zonas turísticas o suelos de uso mixto.

Así, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo viene a estimar, en parte, los recursos presentados por la Federación Española de Viviendas de Uso Turístico y Apartamentos (Fevitur) y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMP) al decreto 113/2015, aprobado por el anterior Gobierno autónomo que presidió Paulino Rivero (CC).

La presidenta de la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV), Doris Borrego, ha calificado esta decisión del TSJC como "una sentencia muy contundente" y ha asegurado que "han sido finalmente los tribunales los que han devuelto los derechos a los ciudadanos que el Gobierno de Canarias nos ha arrebatado. Es triste, pero es así".

Si el Gobierno autonómico opta por recurrir la sentencia, a su juicio "lo único que van  a ganar es tiempo para proteger y dar exclusividad en zonas turísticas al lobby hotelero, pero no creemos que vayan a lograr ningún cambio", afirma la responsable de Ascav.


"Desde Ascav esperamos que el Gobierno de Canarias no siga dilapidando fondos públicos para proteger única y exclusivamente el lobby hotelero y que nos permita a todos los canarios y residentes beneficiarnos directamente del turismo"


Como medida de prevención, solicita a todos los propietarios e intermediarios que operan en las zonas turísticas que se pongan en contacto con la asociación porque la sentencia "no es firme, y hasta que no lo sea no se anularán definitivamente estas cortapisas del Decreto de Vivienda Vacacional,".

En este sentido, rechaza que desde el Ejecutivo regional "vayan ahora a gastar más fondos públicos en recurrir una sentencia cuando llevan declarando, desde que salió el decreto, en mayo de 2015, que inminentemente la norma se iba a modificar". Aunque recurran, la sentencia es "demasiado contundente", reitera. 

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Los presidentes de Fevitur y Ascav | TWITTER

Doris Borrego insiste en que, según declararon públicamente entidades como la Federación de Trabajadores Autónomos de Canarias, la Federación de Desarrollo Empresarial y Comercial de Canarias o el Colegio de Administradores etc., el alquiler vacacional "no solo afecta al propietario y a los intermediarios", pues "hablamos de la modalidad turística más sostenible, que deja el 100% de los beneficios en Canaria. 

Subraya que se benefician todas las empresas que se encuentran en las inmediaciones de las viviendas. "Estamos hablando de bares, restaurantes, coches de alquiler etc., que nos necesitan frente a un brutal aumento del todo incluido para compensar y poder mantener sus negocios abiertos".   

La presidenta de Ascav reclama conocer "si de una vez por todas se nos va a permitir a todos los canarios residentes el podernos beneficiar directamente del turismo, porque por ello está luchando la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional".

Además, reitera que la sentencia pone en evidencia, en su opinión, la "falacia" de los argumentos del Gobierno de Canarias para excluir las viviendas vacacionales de las zonas turísticas. "Realmente no hay razones para exigirle a un cliente que quiera alquilar solo una habitación que tenga que alquilar la vivienda completa", remarca la responsable de Ascav, quien insiste en que "lo que queda en evidencia es que se está vulnerando, como veníamos reivindicando nosotros desde hace dos años, la libre competencia en la prestación de servicios":

Fevitur
La Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (FEVITUR) nació del compromiso de 16 asociaciones que trabajan día a día para ofrecer los mejores servicios. Se constituyó en 2013 con la finalidad de articular el sector alrededor de unos objetivos comunes. Desde este colectivo dan voz a las asociaciones que la forman y a ctúa de interlocutor ante las administraciones e instituciones tanto públicas como privadas.

A continuación ofrecemos en formato audio las declaraciones tomadas esta mañana al presidente de Fevitur, Pablo Zubicaray. Ha añadido sobre los últimos acontecimientos que en fechas recientes en Berlín (Alemania) la Corte Superior de Brandemburgo ha declarado que la prohibición de usos turísticos es inconstitucional.


Declaración sobre la sentencia para AtlánticoHoy del presidente de Fevitur, Pablo Zubicalay                                                                  
 "Prohibición encubierta"




Declaración sobre otros casos de Madrid y Berlín para AtlánticoHoy del presidente de Fevitur, Pablo Zubicalay
"...La justicia nos está dando la razón"



Sentencia
La sentencia anula los artículos 3.2, 12.1, 13.3, por subordinar la entrega de documentación para el inicio de la actividad a la inscripción en un registro, así como el subapartado tercero del apartado IV del anexo 2 del decreto, según el fallo de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC. 

Esto quiere decir que, en relación al artículo 3.2, referido a la exclusión de la vivienda vacacional con fines turísticos, el tribunal cree que constituye una "falacia", ya que las zonas turísticas se establecen sobre territorios en los que previamente pueden haberse implantado usos residenciales.

"La aspiración de usos según zonas que tratan de promover las distintas leyes en materia turística no es sino una aspiración, pero dista mucho de ser una realidad", señala en sus fundamentos la sala, que también considera "inconsistente" que se pretenda una normativa que exija que "los hoteles de ciudad se sitúen las ciudades o que el turismo rural se implante en el campo".

Según el tribunal, la Ley de Turismo de Canarias no habilita al reglamento al establecer una modalidad de alojamiento turístico que únicamente se pueda desempeñar fuera de las zonas turísticas, sino que determinadas ofertas de turismo alojativo sean sometidas a estándares menos exigentes por estar fuera de esas áreas.

Excluir la oferta de viviendas vacacionales de las zonas turísticas o de aquellas de uso mixto donde se tratan de localizar predominantemente los usos turísticos, "carece de cobertura legal" en la Ley de Turismo, señala la Sala, que además entiende que el reglamento "infringe claramente la libertad de empresa y de prestación de servicios limitando la oferta turística sin justificación eficiente


El Gobierno modificará el decreto de alquiler vacacional

 El Gobierno de Canarias analizará la reciente sentencia que ha anulado algunos preceptos sobre el decreto de alquiler vacacional, así como otros cuatro pronunciamientos judiciales aún pendientes, antes de modificar la normativa, dijo hoy la portavoz del ejecutivo, Rosa Dávila.

La sentencia del El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anula cuatro preceptos del decreto del Gobierno canario de mayo de 2015 que regula la vivienda de alquiler vacacional, entre ellos el que prohíbe ofrecer alojamientos con fines turísticos en las viviendas ubicadas en zonas turísticas o en suelos de uso mixto. 

Rosa Dávila declaró tras la reunión del Consejo de Gobierno que es precipitado pronunciarse sobre la sentencia, porque los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma y la Consejería de Turismo están aún analizando su alcance. 

"Este es el primero de cinco pronunciamientos judiciales que llegarán a lo largo de este mes, a partir de ahí el Gobierno se pondría a trabajar en una modificación de este decreto conociendo el alcance de la sentencia", explicó Rosa Dávila. 

Señaló que el alquiler vacacional es un fenómeno complejo que afecta a todas las grandes ciudades y que en el caso de Canarias abarca 28.000 viviendas y 121.000 camas, más de la mitad de ellas situadas en zonas turísticas. 




Ashotel

AtlánticoHoy ha solicitado esta mañana declaraciones a Ashotel para conocer su postura ante esta sentencia. Haremos ampliación de la información una vez recibamos la petición.